Como CENTRO PRIVADO DE MEDIOS ALTERNOS (083) estamos autorizados por el Instituto de Justicia Alternativa para actuar como mediadores, creemos en la cultura de la paz y promovemos la utilización de los medios alternativos para dar terminación a las disputas y/o conflictos que surgen entre las personas bajo el principio del Ganar-Ganar.
- Redacción de todo tipo de convenios de medios alternos en diversas áreas y materias (arrendamientos, compraventas a plazos, mutuos o préstamos, entre otros).
El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión (laudo) sobre la controversia y que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales.
- Actuar como árbitro, a solicitud de las partes, en la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las que resulten entre proveedores y consumidores.
Según lo establecido por la Ley Federal de Correduría Pública, los corredores públicos estamos habilitados para actuar como árbitros, en la resolución de controversias de naturaleza mercantil y en las que puedan surgir entre proveedores y consumidores.